miércoles, 21 de octubre de 2009

Gacetilla por detención de menores


La Plata, 21 de octubre de 2009.- Adelina Dematti de Alaye, Madre de Plaza de Mayo de La Plata y Subsecretaría de Derechos Humanos comunal realizó hoy una presentación ante la Suprema Corte de Justicia Bonaerense apoyando el recurso presentado por el Defensor Penal Juvenil, Dr. Julián Axat.

En la presentación, Adelina de Alaye sostiene que las detenciones de niños, niñas y adolescentes por averiguación de identidad, por aplicación de contravenciones y/o por “entrega de menor” son inconstitucionales y vulneran los derechos humanos de los jóvenes de nuestra ciudad. Agrega que “estamos asistiendo a un crecimiento alarmante de las vulneraciones de derechos que el exceso de facultades policiales facilita”. Por ello le solicitó al máximo tribunal provincial “que haga cesar un accionar ilegitimo”. A dicha presentación adhirieron el Secretario de Desarrollo Social de la Municipalidad de La Plata, Juan Pablo Crusat; y el Director de Niñez y Adolescencia comunal, Carlos Davalioni.


****************************************


TEXTO COMPLETO DE LA PRESENTACIÓN


SE PRESENTA. MANIFIESTA.

Excma. Suprema Corte de Justicia:

Adelina Dematti de Alaye, Madre de Plaza de Mayo de La Plata y Subsecretaria de Derechos Humanos de la Municipalidad de La Plata; en el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley y recurso extraordinario de incontitucionalidad interpuestos por el señor Defensor Oficial titular de la U.F.D. Nº 16 del Departamento Judicial La Plata en los autos caratulados “Defensoría Penal Juvenil Nº 16 s/habeas corpus” (causa Nº 15.918), proveniente de la Cámara Penal; con el patrocinio letrado de la Dra. Marta Lidia Vedio, abogada, inscripta al T. XXXVII, Fº 266, C.A.L.P., Legajo 38080/1, CUIT 27-13942863/9, Monotributista; constituyendo domicilio procesal en calle 50 entre 6 y 7 (Pasaje Dardo Rocha), Piso 1º, Oficina 103, a V.E. me presento y digo:

Que vengo a manifestar mi apoyo y adhesión a los términos de la presentación recursiva formulada por el Dr. Julián Axat y a hacer conocer a ese Alto Tribunal las razones por las cuales entiendo debe acogerse la misma en todos sus términos.

Desde el punto de vista jurídico suscribo los fundamentos vertidos por el presentante en todos sus términos. Agrego, brevemente, que la detención en averiguación de antecedentes es un instituto violatorio de la Constitución Provincial, por cuanto al detallar esa norma suprema las condiciones en que es posible detener a una persona, expresa claramente que únicamente puede hacerse con intervención judicial previa mediando información sumaria o sin ella en caso de flagrancia.

Las diversas normativas procesales han intentado eludir la prohibición constitucional a través de la implementación de figuras legales como la “aprehensión” o el “arresto; o bien a través de una vía de hecho administrativa, como bien se dice en el principal aludiendo a la “entrega de menor”.

Pero lo cierto es que esta pretendida reglamentación de la norma constitucional vulnera a todas luces los límites impuestos por la misma, ya que la redacción del artículo 16 C.P. muestra con total claridad que se trata de una prohibición. Por lo tanto, cualquier intento de ampliar sus límites, como los que hemos mencionado y están en juego en este proceso, resultan vulneratorios de la prohibición de regresividad y claramente inconstitucionales.

No se nos escapa que en tiempos en que poderosos voceros reclaman por más y más represión, resulta extremadamente complejo para un tribunal afirmarse contra dicha corriente y sostener las garantías que nuestros constituyentes pensaron para las capas más vulnerables de la sociedad.

Sin embargo, también es cierto que en la Provincia de Buenos Aires y concretamente en la ciudad en que ambos firmantes cumplimos nuestras funciones, estamos asistiendo a un crecimiento alarmante de las vulneraciones de derechos que el exceso de facultades policiales facilita.

No es ese Tribunal quien está llamado a dictar las políticas del Poder Ejecutivo. Sin embargo, dispone de las herramientas adecuadas para hacer cesar un accionar ilegítimo y desde todo punto de vista vulneratorio de los derechos y garantías ciudadanas.

Aún desde antes de la desaparición forzada de Andrés Núñez, y Miguel Bru, organismos de derechos humanos de nuestra ciudad han reclamado contra la vigencia de una herramienta que se ha transformado en soporte de graves violaciones a los derechos humanos.

Entendemos hoy que es tiempo de que ese Tribunal convoque a un amplio debate sobre la cuestión a través del sistema de audiencia pública, en el que las partes puedan debatir ampliamente la cuestión.

Agregar esta presentación y tener presente su contenido,

Será Justicia.